Descripción
Se considera que son aquellas bajas como consecuencia de la marcha fuera de España de ciudadanos de nacionalidad extranjera, habiendo por tanto, de comunicar su traslado al Padrón Municipal de Habitantes.
Tramitación
Se deberá solicitar con registro de entrada (instancia genérica), indicando país de destino, nacionalidad del interesado y aportando documento de identificación (pasaporte, tarjeta de residente o carné de identidad del país en los casos de ciudadanos europeos ).
- Presencialmente a la Oficina de Atención a la Ciudadanía (OAC).
El Ayuntamiento comprobará los datos y realizará el trámite, realizando la baja por residencia con la presencia obligatoria de la persona interesada.